Bien, si se casaron despues de la vigencia del codigo de familia, el regimen que les corresponde por no haner elegido seria el de Comunidad diferida; si fue antes de la vigencia creo que era el de separacion de bienes.
bueno para el cabio adapta el siguente escrito:
NUMERO ...... En la ciudad de San Salvador.... Ante mi xxxx Notario xxxx Comparecen: xxxxx (generales) persona de mi conocimiento a quien identifique por medio de su DUI nùmero xxxxx; y xxxxx (generales), pesona de mi conocimiento a quien identifique por medio de su DUI nùmero xxxx, y ME DICEN: I.- Que son casados civilmente entre sì desde xxxxxxx, tal como constan en el asiento de partida de matrimonio xxx, que tuve a la vista.- II.- Que segùn dicho asiento de partida de matrimonio el regimen patrimonial del mismo y que se encuentra vigente a la fecha es el de Comunidad Diferida.- III.- Que de acuerdo a lo dispuesto en los artìculos cuarenta y cuatro y cuarenta y cinco del Còdigo de Familia, vienen a Modificar y sustituir el règimen patrimonial de Comunidad Diferida por el de Separaciòn de Bienes.- IV.- Que en este acto me presentan el inventario de los bienes que conformaron el patrimonio inicial y que consta de: a, b, c, (si son bienes inmuebles se mencionan con inscripciòn en el CNR, si son bienes muebles puede solo describirse).- V.- Que se han cancelado las deudas de la comunidad y se encuentran conforme con la liquidaciòn del Règimen, por lo que de conformidad a lo establecido en el articulo ochenta y cuatro del Còdigo de Familia, y a partir de esta fecha el regimen patrimonial que regira el matrimonio de los comparecientes es el de SEPARACION DE BIENES.-