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Lic. Calderon escribió: Mi estimado todo se encuentra consignado en la ley de marcas y otros signos distintivos.
Los gastos u honorarios los podrá dirimir desde el momento que haga el estudio sobre la marca o signo distintivo a inscribir, lo que si le puedo manifestar que los bufetes Marcarios cobran muy bien, pero el trámite es integral que conste el que ellos brindan, así que analice la situación financiera de su cliente y cuántos procedimientos de inscripción realizará, para que empiece hacerse una idea de cuánto puede gastar.
Yo cobro bien esos procedimiento ya que trabaje en el Registro en una época y como siempre le digo a mis clientes "No cobro por lo que hago, cobro por lo que sé, no vivo de favores ni trabajo gratis".
Saludos
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