Hola colegas una consulta.
Etoy haciendo un permiso migratorio, pero veo q hay notarios que ponen fecha de vencimiento de dui, pero en la lepina articulo 44 no solicitan eso, solo solicitan que uno relacione datos de la partida y del dui de la persona que la llevara, y del q autoriza
mi pregunta es, si no pongo eso habra problema? la fecha de vencimiento, la otra pregunta es , yo siempre que hago permisos de menores agrego, copia de dui en tamaño grande reves y derecho de ambos padres, del que autoriza y del que acompañara al menor, mas obviamente la certificacion de la partida de nacimiento reciente. es necesario anexar la copias de los duis, o solo es suficiente con la partida...
y que pasa si el dui del padre autorizante esta vencido, eso es un problema????
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"