Buenos días Ynnifer29, a buena hora los colegas te han respondido a tus inquietudes, solo me resta decir que vosotros los Abogados como simples colaboradores de la administración de justicia, somos los responsables también de darle movilidad a los autos procesales de los procesos que llevamos, no debemos dejar todo al tribunal, porque recordemos que no solo están resolviendo uno o dos casos, no, son muchos casos que tienen que resolver a diario, por ende se saturan de tanto trabajo, y, he allí el retardo judicial, de lo anterior no quiero decir que los estoy defendiendo; pero lo que quiero dejar claro que no hay que permitir que pase el tiempo, porque no solo perjudican los intereses a nuestros clientes, sino también nos perjudica a vosotros mismos.
Considero Colegas que lo mas que podemos permitir que pase el tiempo para que un tribunal resuelva nuestros procesos es UN MES, pasado de ese tiempo, hay que apersonarse al tribunal, y si aún así de llegar constantemente y nada, porque recordemos que ellos se excusan en decir: que esta para firma, que esta en proyecto, que pregunte la siguiente semana, etc, etc, etc, entonces hay que presentar escritos y si aún así no nos resuelven, entonces hay que acudir por último al recurso de retardación judicial.
Así que mucho OJO Colegas, no nos durmamos, porque si dejamos pasar el tiempo recuerden que si no le damos movilidad a los autos procesales, nos pueden castigar por la Inactividad Total del Proceso. Art. 133 del Código Procesal Civil y Mercantil.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."