Ahora en cuanto a la cuota alimenticia, solo debe de manifestar que el señor está obligado por resolución administrativa por parte de la ProcuradurIa General de la República, en aportar la cantidad de XXXXXXX, en concepto de alimentos a favor de X y Y, por lo que ofrece la misma cantidad. La cuota alimenticia se hace efectiva cada primero, quince o último día de cada mes, (según su caso), que se deposita por medio de cuenta de ahorro a nombre de la Procuraduría General de la Republica, bajo el número de cuenta
.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."