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RETRACTÁNDOME:marvinorlandoramírez escribió: Acá sería por gusto la identidad, ya que con eso solo establecería que ella era conocido con otro nombre, más no que es efectivanente ella la madre de los herederos, tendrá que realizar la rectificación en la partida de nacimiento en cada uno de los hijos, pero como dijo el colega, tendrá que revisar sobre el nombre consignado en los bienes muebles e inmuebles, y de ser diferentes a su partida de nacimiento, identificarla también con esos nombres. Pero el paso de la Rectificación en la Partida de los hijos no podrá obviarlo. ¡Suerte!
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