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YANET escribió: UNA CONSULTA ESTIMADOS COLEGAS, UN PROCESO DE ADOPCION, COMO CUANTO SE PUEDE COBRAR DE HONORARIOS, LA SEÑORA QUE QUIERE ADOPTAR ESTA EN E.U. ELLA PUEDE MANDAR UN PODER O NECESARIAMENTE TIENEN QUE ESTAR PERSONALMENTE EN EL INTERNET, Y CUAL ES EL PROCESO A SEGUIR, MIL GRACIAS POR SUS VALIOSOS APORTES...
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NVramirez escribió: Primero debe verificar la viabilidad que se pueda realizar la diligencia, y que no se encuentre en el caso de una abuela queriendo adoptar un nieto o nieta...
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NVramirez escribió: Existen líneas jurisprudencias y criterios de la diferentes Cámaras de Familia, que la adopción entre parientes en general no son viables, por cuanto no se puede "ser más de lo que ya es"...
Así si una abuela quiere adoptar a su nieta, o una tía a sus sobrinos, porque entonces resultará que será: abuela-madre o tía madre.
En casos como esos ya los lazos de parentesco están establecidos, y la institución de la adopción pretende proveer a un niño o niña que no cuenta con una familia, de una que lo ampare.
Si a estos le sumamos que algunos parientes quieren "beneficiar" a los niños con mejores oportunidades en otros países; pero que no todos los países le dan el mismo trato a los hijos biológicos reconocidos que a los hijos adoptivos, cuando ya se tienen lazos por razones biológicas. Algunos países incluso lo califican como fraude, y niegan los beneficios migratorios.
Pero como cada caso es diferente. Lo mejor es analizar cada situación con la líneas jurisprudenciales y resoluciones de cámara.
Suerte...
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