Si quiere visitarlo como su defensor claro que si puede ingresar, llevando con usted un poder ya elaborado listo para ser firmado por el imputado. Este es un escrito simple, no necesita formalidades, y les comenta a los de la delegación con que objeto va, y deben dejarlo ingresar, pues es un derecho constitucional que el imputado tiene, derecho a la defensa formal, en ese momento el imputado le firmará el poder, y luego solo necesita la firma y sello del delegado policial. Luego ya puede presentar ese poder al Juzgado correspondiente, y se le tendrá como parte.
También si gusta un familiar de los que enumera el Art. 96 Pr. Pn. le puede firmar el poder, y se ahorra la ida a la delegación policial para la firma del poder. Una vez acreditado en el Juzgado correspondiente como defensor del imputado, puede comenzar a ejercer la defensa como mejor convenga. Recuerde tomar las medidas para poder ingresar a dicho lugar.