Buenas tardes, colegas aquí nuevamente acudo ante sus conocimientos, resulta que el juzgado de familia me previno, en cuanto aclare con respecto a la discrepancia existente en el nombre de mi representada, ya que en la Certificaciòn Extractada del CNR, que presente, se le consigna un conocido por, donde me piden que presente la identidad correspondiente en el caso de llevar el conocido. Pero es el caso colegas, que ya le pregunte a mi cliente, y manifiesta que nunca ha hecho una identidad, pero en la Escritura Pública aparece cuando adquirió el inmueble con el Fondo Social, que se identifica por medio de su Cédula, donde lleva el conocido. De lo antes comentado colegas que me sugieren para subsanar tal prevención, consideran que si la señora posee la Cédula, agregar copia de esa Cédula en las diligencias, y si fuera posible agregar copia simple de la Escritura Pùlbica de la compraventa del inmueble y aclarar al Juez, que no existe ninguna identidad hecha por mi cliente y que al momento de adquirir el inmueble, se identifico con su cédula, el cual aparece consignado el conocido por, quedando consignado registralmente con el conocido por, que opinan al respecto colegas, consideran que no tendría problemas al subsanarlo de esta manera.