Ayuda urgente....
el caso es el siguiente: el Señor X, quiere hace su testamento y en el quiere que el derecho usufructo vitalicio, le qude a su esposa y a sus hijos la nuda propiedad.
Leyendo el codigo civil he entrado en una duda, por lo que dicen las siguientes dsposiciones del codigo civil:
DEL USUFRUCTO.
Art. 776.- La nuda propiedad puede transferirse por acto entre vivos, y transmitirse por causa de muerte.
El usufructo es intransmisible por testamento o abintestato, salvo el caso del artículo 809, inciso 2º.
Art. 809.- El usufructo se extingue también:
Por la muerte del usufructuario, salvo que se haya constituido por tiempo fijo y a título oneroso;
el articulo que se refiere a las asignaciones SUJETAS A MODO hace referncia al usufructo de la siguiente manera:
ART. Art. 1058.- Los artículos precedentes no se oponen a que se provea a la subsistencia de una mujer mientras permanezca soltera o viuda, dejándole por ese tiempo un derecho de usufructo, de uso o de habitación, o una pensión periódica.
SI ALGUIEN PUEDE ILUSTRARME, SE LOS AGRADECER MUCHO,
¿PUEDE O NO , ESTIPULARSE EN UNA CLAUSULA DEL TESTAMENTO QUE SE DEJA EL DERECHO DE USUFRUCTO A UN TERECERO EN ESTA CASO A LA ESPOSA?
les agradecer mucho su ayuda, ya que me urge resolver esta situacion.