Nombre de Varón pero la partida dice nació hembra.

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11 años 2 semanas antes - 11 años 2 semanas antes #84142 por edwinreyes10
Sucede que un hombre, en su partida de nacimiento tiene nombre de varón y dice que nació hembra, que tramite debe realizar para corregir ese error?
Última Edición: 11 años 2 semanas antes por edwinreyes10.

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11 años 2 semanas antes #84143 por NVramirez

edwinreyes10 escribió: Sucede que un hombre, en su partida de nacimiento tiene nombre de varón y dice que nació hembra, se puede hacer una rectificación de partida de nacimiento cierto?



Si es procedente una rectificación. Algunos tribunales le pedirán un examen médico que establezca que efectivamente es hombre. En otros menos ritualista, bastará que anexe otros documentos donde aparezca la foto con el nombre que indique que es hombre.

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11 años 2 semanas antes #84144 por edwinreyes10
El esta detenido, carece de mas documentos, y nunca saco el dui por ese problema, podría realizare la rectificación vía notarial?

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11 años 2 semanas antes #84146 por NVramirez

edwinreyes10 escribió: El esta detenido, carece de mas documentos, y nunca saco el dui por ese problema, podría realizare la rectificación vía notarial?


Si se puede realizar. Deberá firmar la solicitud y realizar las diligencias en el RNPN. Le sugiero anexar constancia del médico del Centro Penal, que establezca que el privado de libertad es hombre.

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11 años 2 semanas antes #84155 por Gerar JG
Art. 11, Ley del ejercicio notarial de la jurisdicción voluntaria y de otras diligencias, debe darle audiencia al sindico de la alcaldia respecrtiva, donde se encuentra asentado el interesado, prueba las diligencias y listo.

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11 años 2 semanas antes #84168 por C@ñénguez9
Muy buenas tardes EdwinReyes10 y Lic. NVRamirez, con respecto a la inquietud del colega EdwinReyes10, el caso según comprendo es que en el asentamiento de su partida de nacimiento, por un error le consignaron en su momento en el Registro del Estado Familiar el sexo de femenino cuando lo correcto era masculino.

En mi pequeña experiencia yo hace poco me llego a mi oficina un caso así y perfectamente se resolvió por la vía del artículo 17 de la Ley Transitoria del Registro de Estado Familiar, por ser un error dentro de la misma Alcaldía y que no se subsano en su momento.

Solo que le sugiero que se apresone a la Alcaldía respectiva y con humildad y sencilles plantee el caso al registrador Jefe, el cual le dirá si por oficio lo rectifican por esa vía de la ley transitoria y se ahorra las diligencias de rectificación.
Mucha suerte y espero le sirva mi aporte colega. B)

Cañénguez
El siguiente usuario dijo gracias: gemelas

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11 años 2 semanas antes #84169 por edwinreyes10
Su aporte es tremendo colega, ya lo había contemplado y me parece muy acertado, eso haré. Gracias a todos. Dios los bendiga.

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