intente de nuevo la demanda, aclare que la escritura no la inscriben por existir hipoteca sobre el inmueble, la cual ya está prescrita, y que la legitimación de la demandante viene del derecho de propiedad que le otorga la escritura de compraventa, en la que se le ha hecho la tradición del inmueble, por lo que se ha perfeccionado aún que no esté inscrita porque eso es para que surta efecto frente a terceros no para legitimar el dominio. Si alguna vez la presentó y la observaron/denegaron por el gravamen, presente también esa observación del CNR.