Hola en materia de Daños y Perjuicios, no basta con decir, que reclamas un daño, cuantificarlo y ya, sino que, también tienes que demostrar la cuantificación de esos daños.
Aquí entra lo que se llama Daño Emergente y Lucro Cesante. y en ambos casos, tienes que demostrar el costo del daño y los gastos en que has incurrido por esos daños los cuales no tenías previsto tener.
la prueba documental es la idónea para demostrar la cuantificación, (facturas, ticket, declaraciones juradas de gastos, ect.)
espero haberte ayudado en algo.