Así es, son dos convocatorias, en lo personal siempre recomiendo se compadezca a la primera, puesto que esto nos hará mostrar importancia en el asunto, y con dicha comparecencia no es que estemos aceptando los reclamos. También es de tener muy en cuenta y presente que dichas citas no poseen incidencia en los tribunales.
No soy un exegeta... pero tampoco soy un incauto
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Buenas noches.
Como lo dice el colega Abhogado, en efecto son dos citas las que por ley se hacen en el Ministerio de Trabajo cuando se trata del reclamo de indemnización por despido injusto.
Solamente hay que tener presente que, si no se llega a la segunda cita o no se llega debidamente acreditado, se considera inasistencia y lo hace incurrir en una multa que podría ser de hasta $1,142.29 según la capacidad económica del empleador.
Saludos.
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