Saludos a todos, deseando que hayan pasado una grata navidad
tengo las siguientes dudas:
¿Se pueden iniciar y terminar la diligencia de divorcio por mutuo sin la comparecencia de uno de los cónyuges a la audiencia de sentencia? ¿en caso que uno de los cónyuges se encuentre en el extranjero el poder debería de venir apostillado y este debe de ser general judicial o con clausula especial?
¿En las diligencia de rectificación de partida de nacimiento de menor de edad, se pueden iniciar y finalizar sin la comparecencia de uno de los padres, en su caso el padre que no pueda asistir a las audiencias debera de otorgar un poder general judicial?
Muchas gracias por la ayuda
¡Salud!