Estimado nixxon:
En primer lugar le comento que esperar a que termine el plazo del contrato no le dará derecho a su cliente a pedir el desalojo, ya que nos encontramos antes un contrato regulado por el Derecho Social, el simple vnecimiento del plazo no termina la necesidad del inquilino de habitar en algun lugar, asi que esperar el vencimiento del plazo no es una opción.
En segundo lugar, de los eslementos expuesto usted ha señalado dos causales por lo que podria proceder la terminacion del contato la primera proque el dueño lo queire habitar Art. 24 numeral 15 L. Inq. y el subarriendo Art. 24 numerla 14 L. Inq.
La primer causa,que el dueño queira vivir ahí deja expuesto a su cluente si no es esa su verdadera itnencion,y por lo que y si tiene medios de prueba suficientes para probar la existencia de subarrendos no autorizados, creo que esta última sería su mejor opción en mi opinión.
No se si ya lo intentaron, pero otra opción es siempre hablar con el inquilino y ofrecer un acurdo que genere beneficios a ambas partes. más ramido que el juicio e igual se cobra por la gestion
Espero que le pueda ayudar de alguna manera mi aprote.
Saludos cordiales.
Atte.
hrpineda01