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noelle escribió: Bueno para comenzar los que están aya en EU. sino están interesados en la herencia, deben renunciar a ella, o realizar una sesión de derecho hereditario a favor de su cliente, y si van aceptar herencia también, deben realizar un poder alla en EU, ya sean ante notario salvadoreño o acudir ante el Consulado de nuestro país, el que les quede mas próximo, y luego los que están acá también deben extenderle un poder a su favor, o en su caso la renuncia de la herencia, de uno de ellos, y solo su cliente,,,y con toda la documentación en mano, incluyendo Partida de defunción y de nacimiento de la causante, partidas de nacimiento de todos los que van aceptar herencia, y ya luego puedes comenzar el proceso,,aah y bueno decidir porque vía los llevara si por la via notarial que es un poco mas rápido, o por la via judicial, que muchas veces puede pasar mucho tiempo para que camine el proceso, ahí dependiendo, de la decisión de sus clientes, o clienta, porque vía notarial tendrá que gastar en mandar hacer publicaciones en dos diarios de mayor circularcion, y luego otra publicación que es la ultima donde se les declare herederos definitivos en su caso, o vía judicial que incurrirá ud en menos gastos, pero mas tardadito. esta es mi opinión, ojala te sirva. ( Ojo si a sabiendas que hay herederos y no los tomas en cuenta porque asi lo quiere tu clienta, corres el riezgo que cuando se den cuenta si el proceso no ha finalizado se suspenda el proceso y haya litigio, y con esos instrumentos de renuncia o sesiond de derehco hereditario ud se cubre las espaldas de cualquier reclamo.))
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