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Enrike_1° escribió: Creo que el error fue que se presentó el repudio al inicio junto con la demanda o solicitud, ya que el momento oportuno para presentar el repudio es dentro de los quince dias siguientes a la publicacion de los edictos debido a que se publican precisamente para eso, para que si hay alguna persona que le corresponda un derecho dentro de la herencia, comparezca dentro de los quince dias siguientes al de la publicacion a alegar su derecho o a repudiar la herencia. Es decir que el momento oportuno para el repudio es dentro de los quince dias siguientes a la publicacion de los edictos. De lo contrario lo que procede es presentar una cesion de derecho junto a la demanda o solicitud de aceptacion de herencia.
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Marymar escribió: Espero que todo te resulte bien pero mi consejo es que para la pròxima mejor hagas una cesiòn de derechos y te evitas estos inconvenientes.
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