Si la sentencia ya esta ejecutoriada, pues no queda mas que litigar para la concesion de beneficios penitenciarios (fase de confianza, semilibertad, libertad condicional anticipada o la ordinaria), y ya eso corresponde al Juez de vigilancia penitenciaria y ejecución de la pena...lo q paso seguramente es q en cuanto al nombre pues ha d ver sido un "error de dedo" ya que comunmente el colaborador juridico ya tiene un formato para realizar la sentencia (materialmente), el "señor" tuvo que haber sido debidamente identificado a lo largo de todo el proceso, de lo contrario seria un proceso "nulo", espero haberte aportado algo..:woohoo: