Hace algún tiempo atrás se podía litigar solo con los atestados, actualmente eso ya no se puede hacer.
Quien pretenda representar a alguien debe estar Autorizado como Abogado.
Saludos.
Lic. Alvaro
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Considero que la aportación de Álvaro es un poco precipitada, porque al menos el Código de Trabajo que se encuentra "colgado" en el Centro de Documentación Judicial aún consigna: " Art. 375.- Pueden comparecer por otro: [...] d) Los estudiantes de Jurisprudencia y Ciencias Sociales que hayan aprobado totalmente las
asignaturas de Legislación Laboral. Esta facultad durará tres años contados a partir de la fecha en
que se aprobaron las asignaturas dichas. Tal circunstancia se establecerá con la certificación
respectiva; [...]" Entendiendo pues, que un estudiante que cumpla los requisitos antes dichos efectivamente puede comparecer por otro.
En mi experiencia personal ya he comparecido a juicios laborales siendo aun estudiante.
este foro es para aprender
y así es mi criterio.
comparto la posición del colega que manifiesta que en lo laboral aun el interesado puede representarse personalmente. digo.
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