de antemano le expongo que para evitar posibles prevenciones es necesario que presente toda la documentación en regla, como su pregunta es génerica y no manifiesta en que calidad su cliente aceptará herencia, no puedo sugerir que documentos con exactitud, pero lo básico son:
partidas de nacimiento del aceptante, partida de defunción del cujus, partida de defunción de los padres de éste si en su partida de de defunción no le relacionaron que ya estaban fallecidos, cesión de derecho si es el caso, poder por supuesto, con todo eso:
se hace la solicitud y repito si todo esta en regla;
le notifican su admisión y envían los informes a la CSJ para conocer si dejo o no testamento o si ya habían aceptado herencia otras personas, luego recibidos los informes,
le notifican y le entregan el edicto para publicarlo 3 veces en el Diario oficial donde se declara heredero Interino,
luego presenta las publicaciones o la factura que ya lo publicó la interina( eso depende de cada juzgado asi que le sugiero que pregunte que de las 2 debe presentar) y a las vez solicita le confiera la Administración y Representación Definitiva de dicha sucesión, para que una vez publicado presente el recibo de pago de dicha publicación y se me entregue la Certificación correspondiente;
luego presenta la factura de pago o publicaciones como ya lo expliqué anteriormente y se me extienda la certificación de declaratoria de heredera definitiva;
listo ya con la certificación paga los $8.86 por declaratoria de heredero y presenta la escritura para hacer el traspaso por herencia.-
"El temor de Jehová es el principio de la sabiduría, y el conocimiento del Santísimo es la inteligencia" Prov.9:8