Estimada Colega:
Tal como ud dice, el primer paso que debe hacer es determinar el estado de la sociedad respecto del cumplimiento de sus obligaciones formales. Para ello debe verificar en el Registro de Comercio si está solvente con renovación de matrículas de comercio, Balances; y en Ministerio de Hacienda verificar sobre declaraciones y cualquier otra obligación tributaria.
Cuando ya obtenga solvencia de dichas obligaciones, debe de otorgar el acuerdo de disolución por cualquiera de las causales del artículo 187 CCom. La certificación de dicho acuerdo, es el que deberá inscribirse en el Registro de Comercio, de conformidad con el art. 188 CCom.
Luego debe hacer las publicaciones correspondientes de dicho acuerdo de conformidad con el artículo 64 y 65 Ccom. Después de publicado, debe presentar el acuerdo con las publicaciones al Registro de Comercio y por último nombrar liquidadores y deberá informarle a su cliente de los honorarios que cobraran los liquidadores nombrados. Hasta aquí le recomendaría que cobrara $700 + Iva. El tiempo aproximado para este tipo de trámite es entre 2 a 4 meses.
La liquidación debe ser cobrado por aparte. Para la liquidación también le sugiero que cobre $700 + Iva. Recuerde que aqui ya entran en juego los liquidadores y entre mayor movimiento tuvo la sociedad y su empresa, mayor tiempo tardarán en liquidar la sociedad. El tiempo aproximado para concluir esta etapa es de 4 a 6 meses o un año.
Slds