Estimados Colegas:
Necesito de su valiosa asesoría. Resulta que un familiar adquirió un vehículo a plazos en el año 1991, con una agencia que a la fecha ya no opera en el país (La Universal, S.A.). La cuestión es que dicha agencia le extendió la carta de cancelación de venta a plazos de su vehículo pero éste nunca la presento a SERTRACE, sino hace un par de años (2010). Resulta que en Sertracen le observaron la cancelación de venta a plazos porque no relacionan la personería del representante de dicha sociedad y le dijeron que había que había que rectificarla con dicha agencia. Pero como les decía, dicha sociedad ya no opera en el país. Se intentó presentar constancias extendidas por el Registro de Comercio que establecian que dicha sociedad ya no tiene operatividad en el país pero fue un fracaso.
La última refrenda de tarjeta que hizo al vehículo fue en el año 2010. El vehículo ya fue retirado del registro de vehículos automotores y ahora para reincorporarlo SERTRACEN, vuelven a solicitar la carta de cancelación del vehículo, la cual como les he mencionado tiene defectos. Qué se puede hacer? La única via es alegar la prescripción adquisitiva del vehículo? si es así, tienen algun modelo de la demanda?
Gracias!