Tengo el caso de un pagare, que sirvió para otorgar un crédito(no hay mutuo) en el se consigno fecha de vencimiento a 3 años, con 36 cuotas de amortización mensuales, con intereses corrientes y moratorios; es el caso que el deudor lleva 15 cuotas sin cancelar sus cuotas mensuales, por lo que mi cliente me ha pedido que se inicie el cobro por la via judicial. Tengo mis dudas al respecto, ya que el plazo del pagaré aún no ha vencido. Por eso les pregunto y creo que serviría para todos..¿ Se puede demandar judicialmente con ese pagaré o no?
Espero sus opiniones. Saludos colegas