Mi estimado colega, tu mismo te estas dando la respuesta; y es la siguiente: el nombre de la cuenta seria a nombre de la persona natural ya que es el que tiene la personalidad jurídica; una persona jurídica tiene personalidad jurídica desde el preciso momento que se constituye y se inscribe en el registro correspondiente; en el caso del comerciante individual es la persona natural; muy diferente al nombre comercial el cual sirve para identificar el comercio únicamente ejemplo: Comercial Julita, propietaria Julia Carpio Sandoval, en este caso es Julia Carpio Sandoval la legalmente obligada de abrir la cuenta; aun en la Alcaldìa al momento de registrar el comercio sera como persona natural, identificando el negocio como Comercial Julita; solamente las personas naturales y las personas jurídicas legalmente constituidas pueden ser sujetas de derechos y obligaciones.
Espero te haya servido mi aporte.
Saludos