Estimada colega
la calidad de comerciante no necesariamente puede probarse con la constancia de matrícula, ya que hay muchos negocios en los cuales sus activos no superan los $12,000. Este es el primer punto a tratar y dependiendo ante quien necesite presentarse en su calidad de comerciante.
es así que los artículos 2, 3, 6, 7 del Código de Comercio define el tipo de personas que pueden dedicarse al comercio, es decir la persona que puede ser titular de una empresa mercantil, que se dedique a actividades propias del comercio es decir actividades realizadas en masa y por empresa.
así que para demostrar que usted es titular de una empresa mercantil es un presuncion que ya está contemplada en el código de comercio y lo referente a la matrícula de empresa es para aquellas personas que están obligadas a llevar contabilidad formal por el activo que manejan. sin embargo usted puede contrar a un contador para que le realice un balance de sus activos y con ello también reforzará esta tesis
saludos