Es mucho mas conveniente, hacerlo via judicial, ya que por la jurisdiccion voluntaria via notarial, el RNPN pone demasiados requisitos. Se presente la solicitud al juzgado de familia, adjuntando constancia del RNPN con la que se demuestra que no existe imagen de la partida de defuncion del causante, asi como CONSNTANCIA DE NO ASIENTO de la Alcaldia donde debio asentarse dicha defuncion (este documento la alcaldia lo entrega siempre y cuando uno lleve la constancia del RNPN) Tambien es conveniente presentar constancia del cementerio donde este enterrada la persona. Generalmente los juzgado tramitan dichas diligencias como de mero derecho, es decir, resolviendo la peticion con solo la vista de los documentos probatorios presentados con la solicitud