Pienso que si existe una relacion de arrendante--arrendataria, aunque no hayan formalizado un contrato de arrendamiento, tu clienta puede decirle a la señora que no le quiere recibir los pagos, que se los consignará en el Juzgado de lo Civil de la jurisdicción donde se ubica el inmueble. para que la notifique que lo vaya a traer a dicho juzgado.
cosa que ampara la buena fe de tu cliente en querer pagar los canones; otra cosa es que la arrendante quiera que le desocupe el inmueble, de ser así, tiene que seguir la vía procesal indicada, para desalojarla.
Lo anterior por la figura de la Consignación.