Hola colega MagdaT, perdón por entrometerme, en lo personal yo no he llevado este tipos de casos, pero considero que es mas fácil que inicies las diligencias de divorcio por mutuo consentimiento, sin tanta vuelta, ya que si inicias dichas diligencias del auto de pareatis, solicitando que el divorcio que se llevo a cabo en el extranjero, tengan efectos en nuestro país, solo para que te autoricen que puedes iniciar el divorcio en nuestro país, por lo que considero que es perdida de tiempo realizando estas diligencias, y como lo repito no he llevado este tipo de casos y por lo tanto no puedo dar una respuesta clara y certeza en cuanto al tiempo que lleva estas diligencias, pero presumo que lleva su largo tiempo.
En fin en lo personal yo realizaría el divorcio por la primera causal del art. 106 del C. F. de una vez en el tribunal de familia que corresponda, suscribiendo el convenio de dicho divorcio por los cónyuges, ya que en estos tipos de divorcio solo se lleva a cabo una audiencia, y si tienes suerte lo presentas en un tribunal de familia que son bien diligentes los resolutores, y si no te previenen, el divorcio te puede salir en cuestión de un mes.
Feliz día.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."