SALIDA DEL MENOR CON PARTIDA MARGINADA

Más
12 años 5 meses antes #58758 por v2v01
Siempre es Necesario el asentimiento del padre para la salida del menor con su madre si estos ya se divorciaron y la partida del niño esta marginada con la sentencia de que la madre es la representante legal y ella tiene la guarda y cuido o siempre es obligación el acta???

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
12 años 5 meses antes #58762 por NVramirez

v2v01 escribió: Siempre es Necesario el asentimiento del padre para la salida del menor con su madre si estos ya se divorciaron y la partida del niño esta marginada con la sentencia de que la madre es la representante legal y ella tiene la guarda y cuido o siempre es obligación el acta???



Siempre es necesaria; porque aùn cuando se haya otorgado el ejercicio de la Guarda y Cuidado Personal al hijo y en consecuencia la representaciòn legal; el padre continua ejerciendo derechos propios de la Autoridad Parental. Sumado a lo señalado en el art. 208 CF y 44 LEPINA.

Suerte...
El siguiente usuario dijo gracias: Coreas

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
12 años 5 meses antes #58771 por Lic. Martínez
igual que al compañero me surge una duda y es en relación de la perdida de la Autoridad Parental en este caso no es necesario ningún Asentimiento del padre o si la Lepina modifico esa situación.

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Más
12 años 5 meses antes #58822 por NVramirez

Lic. Martínez escribió: igual que al compañero me surge una duda y es en relación de la perdida de la Autoridad Parental en este caso no es necesario ningún Asentimiento del padre o si la Lepina modifico esa situación.


Cuando el padre o madre ya no ejerce derechos propios de la Autoridad Parental, porque judicialmente este los ha perdido; ya no es necesario el consentimiento del padre o madre, para que un niño o niña salga del paìs; porque al declararse judicialmente la perdida de la autoridad parental, se ordena ademàs que se margine el asiento de la partida de nacimiento del niño o niña, donde se indica que de forma exclusiva serà solo un progenitor quien ejerza los derechos propios de la autoridad parental.

Es una de las sanciones al decretarse la perdida.

Suerte...

Por favor, Conectar para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.471 segundos