Recuerde que el testamento consituye una declaracion UNILATERAL de voluntad, donde es el testador el unico que comparece a expresar a quien o quienes dejara sus bienes. En esta caso no tiene ninguna trascendencia legal que los herederos esten fuera del pais, ya que incluso ella en un futuro puede revocar dicho testamento y sacar a cualquiera de ellos del mismo. Con respecto al inmueble que esta con promesa de venta, no existe tampoco problema alguno, ya que, al fallecer en el futuro el testador, habria que ver si dicha promesa se hizo efectiva o no, es decir, si se inscribio el inmueble a favor del testador o no. Si no se inscribio, pues es obvio que los herederos testamentarios deberan hacer las gestiones necesarias para hacer efectiva dicha promesa, claro siempre y cuando el testador haya cumplido su obligacion de pagar la totalidad del precio convenido en la promesa de venta. Las personas que estan en el extranjero, no comparecen en el testamento.