Buenas noches; no son actas las que se envían, es "oficio" remitido al Secretario General de la Corte Suprema de Justicia, para que le informe si se han promovido diligencias de aceptación de la herencia o de su declaratoria de yacencia; y el otro oficio es para informar a la Corte Suprema de Justicia sobre las diligencias de aceptación de herencia o declaratoria de yacencia en su caso, que ante usted se promueve, indicando el nombre del causante, la fecha de su fallecimiento, su último domicilio y los nombres de los aceptantes o interesados. Dicho informe deberá rendirse dentro de los ocho días hábiles siguientes de iniciado el trámite.-
Tal como mencionan los compañeros, no debe anexar otros documentos.-
Base legal: Arts. 19 y 20 Ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias.-
\\\"Si no hubiera malas gentes, no habría buenos abogados. \\\"
Charles Dickens