Buenas noches colega, se publica por tres veces la declaratoria de heredero provisional en el diario oficial(solo se lleva el edicto al diario oficial y ahí se pagan las tres publicaciones y ellos le dicen que días aparecerán publicadas, generalmente uno solo compra el diario de la ultima publicación) y después de haber transcurrido los quince días que marca la ley presenta sus publicaciones a través del respectivo escrito donde pide que su cliente sea declarado heredero definitivo, y luego se publica una sola vez la declaratoria de heredero definitivo y no es necesario que hayan transcurrido quince días. Esto es en la aceptación de herencia vía judicial.