Recuerdo que hace cuatro años cuando recién litigaba mi primer caso fue un Divorcio por Mutuo Consentimiento, el tribunal me previno que el Convenio de Divorcio debía de presentarlo en Escritura Pública, me extraño tal resolución de ese tribunal, a pesar que la misma ley no obliga a que el Convenio de Divorcio debe suscribirse en E. P.; aún así por no contradecir dicha prevención y por temor a que me declararen inadmisible el Divorcio, elabore dicho Convenio en E.P . Pero a través del tiempo uno va aprendiendo muchas cosas, y una de esas es: que como conocedor del derecho uno no tiene que quedarse callado a las resoluciones que hagan los tribunales, ya que algunas veces no están ajustados a derecho o son irrazonables sus prevenciones, y en ciertas ocasiones uno la tiene que hacer como educador como bien lo dice el colega Los Canvast, donde les aclara a los colaboradores jurídicos que están mal interpretando la ley, o las cosas que piden son irrazonables, aunque para ellos les parezca grotezco, abusivo, etc,.... pero la es la verdad, y si aún así, lo declaran inadmisible, hay que utilizar los recursos como bien lo señala la licda. NVramirez.
Por lo tanto reitero Colegas que no hay que callar, no hay que temer, defendamos vuestras posturas.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."