En el primer caso, lo que debes hacer es un poder en el cual el padre faculta y autoriza a la madre a sacar el pasaporte, deben relacionarse los DUI y las partidas de nacimiento, esta docuentaciòn tambien la vas a necesitar para el tramite en migraciòn.
En el segundo caso solo necesitas una de las letras de cambio y llenarla por la cantidad insoluta, la copia del DUI Y NIT de ambas, o en caso no tengas el de la deudora el nombre completo y a donde citarla, es un juicio ejecutivo, ya que la letra de cambio es un titulo con fuerza ejecutiva, es un titulo suficiente y solo necesitas una letra de cambio y completarla, no es que vas a ejecturar todas las letras de cambio, te reitero solo llenas una con el total adeudado, el poder que te otorga su cliente para el juicio y hacer demanda para juicio ejecutivo, copia de de dui, nit y tarjeta de abogado.
En cuanto a los honorarios, eso es pactado y tu puedes cobrar lo que estimes siempre y cuando te lo paguen.