Hola suley realmente en la pratica no se necesita formato de demanda para conciliar, y en los casos que he llevado y se ha conciliado, basta llegar y comprobar con el acta de acuerdo conciliatorio alcanzado para judiciarlo. Si vas a tratar arreglo conciliatorio esto tiene que ser previo a entrar a la audiencia respectiva,y para lo cual en los juzgados de transito dan un tiempo prudencial para concertar, caso contrario si no se alcanza acuerdo, se entra audiencia y se expresan los alegatos correspondientes respecto a si vas defendiendo o reclamando daños materilaes (acción civil) o bien la accón penal cuando sehan dado lesiones u homicidio culposo.Todo tienes que tenerlo analizado de conformidad al acta de inspección ocular de la policia, la misma no es prueba en concreto sino una simple información que el juez valora y consideralo pertinente. Asi que es lo que puedo aportarte y no te preocupes que todos asamos por esa primera vez. Llega tranquila y en el desarrollo de la misma verás que sabrás presentar tus alegaciones conforme tus propias apreciaciones y dichos de tu cliente. Bendiciones!!