La declaratoria de heredero interino se manda a publicar una vez en el Diario Oficial y por tres veces consecutivas en dos diarios de circulacion nacional (cotize en la prensa grafica, diario el mundo, Diario de hoy etc. y eliga dos de ellos para hacer la publicación y este pendeinte de comprar los periodicos en la fecha que ellos le indiquen que saldra la publicación, a excepcion del Mundo que ellos se los llevan a la oficina)
La declaratoria de heredero difinitivo, el aviso se manda a publicar en el Diario Oficial y en uno de los diarios de circulacion nacional.
Art. 19 L.N.