Sobre este particular caso colega, entiendo que para que una persona que sirvió dentro del servicio militar durante el período del conflicto armado tenga derecho como beneficiaria de una pensión o indemnización por ese servicio prestado, necesita establecer que efectivamente estuvo destacado como militar en cualquiera de las áreas o unidades de la Fuerza Armada, para ello debe plantearse una demanda Declarativa de Establecimiento de Tiempo de Servicio, y con ello se logre establecer el tiempo que dicha persona estuvo de alta y recibiendo su respectivo sueldo como militar, y luego de que se declare judicialmente dicha situación, podrá después incorporarse como beneficiario a las pensiones que otorga el IPSFA.
Sin embargo, le sugiero colega que consulte previamente en el Ministerio de Defensa para que se averigue si la persona interesada efectivamente prestó servicio militar y si aparece en sus bases de datos, de lo contrario tendrá que indagar dónde fungió y buscar en los libros de altas y bajas que se llevaban cuando no hacían carrera militar.
Espero que ello le sea de utilidad.