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Berrioss escribió: En nuestros Tribunales no se admite esta clase de adopción; ya que hay basta jurisprudencia en donde se ha rechazado la adopción entre hermanos, además de los abuelos respecto a sus nietos. Nuestros Tribunales rechazan este tipo de adopción; ya que como dice la Jurisprudencia “Como Podría la relación adoptiva aproximar mas a un hermano a otro; o a un abuelo con su nieto” No olvidemos que la finalidad de la Institución de la adopción es de proyección familiar y social, especialmente establecida siguiendo el interés superior del menor, para dotarlo de una familia que le pueda asegurar tanto su bienestar y desarrollo integral. Ahora bien que mas familia que mi hermano u abuelos; ya que si hay una familia natural que pueda darle protección; porque se debe crear una ficción Legal que persigue el mismo fin?.
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