como te dijo el colega anterior, antes de dentrar a la audiencia incial, habla con el fiscal del caso, sino puedes tu solicitarlo al juez, porque no le practicaron la prueba alcotest, esta si constituye prueba, lo que no constituye pruebça es el antidopin que se les practica a los conductores, y debes tomar en cuenta que con la reforma a este articulo, ya no es conduccion temeraria, sini conduccion peligrosa, y que dara acriterio del Juez darle la Suspencion Condicional del Proceso Penal, y recordar que si lo vuelven a rrestar por este delito, entonces si lo puede condenar el Juez, por haber desobedecido sus ordenes.
Lo que esta fuera de tu control, esta bajo el control de Dios, lo que te supera a ti, NO supera a Dios