Hola Amigos, quisiera consultarles en cuanto a las personas interesadas en promover diligencias de Rectificación de Partida de Defunción, específicamente a aquellos que no están comprendidos dentro del vinculo familiar del fallecido, realmente el interés es de carácter patrimonial, es posible realizar tales diligencias vía notarial u obligadamente es por la vía judicial considerando la falta de filiación de los interesados.
Necesito me iluminen si tienen algún conocimiento sobre tal situación basadas en jurisprudencia.
Les agradecería mucho.