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Respondiendo tus interrogantes en la forma siguiente: - El Poder General Judicial con Clausula Especial, solamente la otorgara e que aceptara la herencia, juntamente con las renuncias de los otros hermanos.Carlos II escribió: Buenos días amigos y amigas, aquí estoy nuevamente solicitando de sus conocimientos, estoy por realizar diligencias de aceptación de herencia intestada y es mi primera vez que llevo este tipo de diligencias, son tres hermanos, pero dos de ellos renunciaran a su derecho y le ceden su parte al otro, y me surgen varias inquietudes:
1- Si en el poder comparecerán siempre los tres hermanos o solo él que aceptara la herencia;
2- En las diligencias es necesario presentar la partida de nacimiento por la sucesión que a su defunción deja su madre, o vasta solo con la certificación de partida de defunción;
3- Es necesario que se presenten las partidas de defunción de los padres de la madre difunta.
4- Es necesario también que se agregue en dichas diligencias la escritura de la casa debidamente inscrita que deja su madre difunta;
5- Cuantas publicaciones en total se hacen y el costo de éstas;
cualquier aporte amigos será bienvenido.
Gracias...
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