Una opinión personal:
Cómo deben entenderse estos artículos, entonces, con lo que has planteado:
Art. 46.- Todos los plazos de días, meses o años de que se haga mención en las leyes o en los
decretos del Poder Ejecutivo, o de los tribunales o juzgados, se entenderá que han de ser
completos; y correrán además hasta la medianoche del último día del plazo.
El primero y último día de un plazo de meses o años deberán tener un mismo número en los
respectivos meses. El plazo de un mes podrá ser, por consiguiente, de 28, 29, 30 ó 31 días, y el
plazo de un año de 365 ó 366 días, según los casos.
Si el mes en que ha de principiar un plazo de meses o años constare de más días que el mes en
que ha de terminar el plazo, y si el plazo corriere desde alguno de los días en que el primero de
dichos meses excede al segundo, el último día del plazo será el último día de este segundo mes.
Se aplicarán estas reglas a los contratos, a las prescripciones, a las calificaciones de edad, y en
general, a cualesquiera plazos o términos prescritos en las leyes, en los actos de las autoridades
salvadoreñas; salvo que en las mismas leyes, actos o contratos se disponga expresamente otra
cosa.
Art. 47.- Cuando se dice que un acto debe ejecutarse en o dentro de cierto plazo, se entenderá
que vale si se ejecuta antes de la medianoche en que termina el último día del plazo; y cuando
se exige que haya transcurrido un espacio de tiempo para que nazcan o expiren ciertos
derechos, se entenderá que estos derechos no nacen o expiran sino después de la medianoche
en que termine el último día de dicho espacio de tiempo.
Especialmente lo que detalla el artículo 47, en el sentido que el plazo de vigencia (entiéndase el año calendario), termina, finaliza o concluye hasta la medianoche del día TRECE, y NO debe entenderse que ha concluído a la medianoche del día DOCE, como se deduce de lo planteado.-
Es una opinión y con SUMO RESPETO para la Corte Suprema de Justicia, pero han violentado la misma ley, en palabras de un profesor de la universidad, "HAN IDO CONTRA LEY EXPRESA Y TERMINANTE".-
El debate queda abierto. NO polarizar ideas solo DEBATIR SIN CONFRONTAR.-
Saluditos.-