Sólo quiero agregar que esta disposición no es del conocimiento de los pagadores, quienes de buena fe pueden no hacer esta retención. Yo tuve una cliente que me buscó porque sabía que su exesposo se había jubilado y en la empresa que trabajaba le daban en concepto de retiro (no como jubilación simplemente) el equivalente a un mes de salario por año de trabajo. Y como ella sabía de ese hecho me buscó porque su niña de 9 años solo recibía $25, así que debimos establecer un proceso aparte donde el aceptó haber recibido su imndemnización (en mejor plano que lo que la ley laboral dispone); al final el manifestó haber utilizado la indemnización para pagar deudas, no obstante el juez le ordenó pagar una suma que no logró ser el 30% si mi memoria no me traiciona, pero por lo menos se logró una suma considerable, en comparación a no haber dado nada. Saludos.
Lic. Francisco William Paredes
"Ahora bien, nosotros sabemos que la Ley es excelente con tal que uno la maneje legítimamente con el conocimiento de este hecho: que la ley no se promulga para el justo, sino para desaforados e ingobernables, impíos y pecadores, faltos de bondad amorosa, y profanos, parricidas y matricidas, homicidas,fornicadores, hombres que se acuestan con varones, secuestradores, mentirosos, perjuros y cualquier otra cosa que esté en oposición a la enseñanza saludable según las gloriosas buenas nuevas del Dios feliz, que me fueron encomendadas". (1 Timoteo 1:8-11)