Hola Buenas noches Karla-G
lei tu consulta.
Antes que nada dejame decirte que para llevar un Juicio Ejecutivo donde demandás con una letra de Cambio, no necesitás agregar ni un otro documento mas que la Letra de cambio. Hacés la Demanda, agregás el poder (con el que legitimas tu personería para actuar a nombre de tu tío) y agregás la Letra, y listo, mas nada.
En cuanto a la conciliación, pues no hay audiencia conciliatoria, ya que la letra de Cambio es un título valor que trae aparejada ejecución y por ende no hay nada que conciliar (o se paga o se paga, no hay para donde). Presentás la Demanda, librán mandamiento de embargo, emplazan al demandado en la dirección que proporcionés, le dan diez dias para que conteste, y se dicta Sentencia. Podría haber Audiencia si el demandado plantea alguna oposición que requiera audiencia, pero aun asi, el juez estimará si es necesaria o no la audiencia. despues de la sentencia, le dan un plazo al demandado para que cumpla, sino cumple en el plazo, solicitás la Ejecución Forzoza.
En cuanto al embargo, si el demandado tiene un inmueble que esta Hipotecado con un Banco, no se lo pordás embargar. (sugiero que contratés un Juez Ejecutor de EMbargos para que diligencíe todo lo del embargo). Tambien podrías ir al CNR (a las computadoras) a investigar si el demandado no tiene otros inmuebles que podás embargar. Tambien podés ir a SERTRACEN y solicitás una Carencia de bienes (vale como $11.50) para ver si tiene vehículos. Tambien, podes embargar el salario por si esta trabajando, solo que debés de tener cuidado y averiguar si gana mas de 2 salarios mínimos, porque sino gana mas de eso, no le podrás descontar nada de su salario.
Otra cosa, antes de entrar a un Juicio Ejecutivo, deberías ver si podés llegar a un acuerdo extrajudicial con el deudor, yo por ejemplo, tengo a una persona que se encarga de hacerme la recuperacion extrajudicialmente (lo llama constantemente, le manda correos electrónicos, lo visita a su trabajo etc. etc.) generalmente alli empiezan a pagar y no me veo en la necesidad de entrar en un juicio que a veces resultan muy largos, podés durar años en un juicio (llevo varios así)
Y bueno, ahi mas o menos la explicación de un Juicio Ejecutivo. Ojalá te sirva.
Alguna duda me podés consultar.
Buenas noches.