El incumlimiento de cuota alimenticia no es violencia patrimonial, sino que es faltar al deber de dar alimentos, y eso tiene consecuencias penales, en caso que tenga fijada una cuota, por la jurisdiccion de familia, pero como tu dices, ya se agoto la instancia de familia, quisiera que me ampliaras la pregunta y asi poder darte una buena recomendacion;
La Violencia intrafamiliar, se puede dar de varias formas, las cuales son agresion fisica, psicologica y patrimonial; si hablamos de patrimonial solo se puede dar esta, si existe una interelacion entre agresor y victima, y que sean convivientes, esposos o vivan bajo el mismo techo, y esta se daria, como ejemplo, que uno aporte dinero para la casa y el otro se lo guarde para fiestas, u otras cosas, bueno,como dije antes, amplia la pregunta ok