Lo primero que debes de hacer o averiguar y muy bien averiguado es la determinacion de como inicio la posesion de ese inmueble, la mala fe no cabe en esto. Seguido si es en buena fe la entrada de la posesion, pues determinar si ya se cumplio el plazo que dice la ley articulos 2245,2246 y 2247 cc.
Dando mas informacion a lo anterior, es necesario que te apersones al registro, y a catastro del lugar en donde esta el terreno y solicitaras la informacion de ese inmueble, ya que hay inmuebles que estan catastrados y otros no; es ahi donde sabras si de verdad existe o no un posible titular.
Los honorarios, pues dependera de las varas cuadradas que tenga el inmueble y su locacion en el territorio, esto porque hay terrenos rusticos que en determinados departamentos valen mas y en otros son mas baratos.