Saludos cordiales, me surge una duda con respecto a un caso relacionado con mi nombre, el problema es el siguiente:
Resulta que mi abuela (materna) contrajo matrimonio con mi abuelo (materno) en el año 2010, y en dicho acto, mi abuelo reconoció como su hija a Roxana Castillo (quien es mi madre), por lo que el nombre de mi madre fue modificado adquiriendo el apellido paterno. El nombre de mi madre antes del acto de matrimonio era: Roxana Castillo; posterior al acto de matrimonio y con la marginacion correspondiente en la partida de nacimiento el nombre de mi madre se consignó asi: Roxana Mazanares Castillo.
Ahora bien, he leido el articulo 25 de la ley del nombre de la persona natural, el cual establece lo siguiente: "Art. 25.- En los casos previstos en esta ley, el cambio en el apellido se extenderá a los descendientes menores de edad y a los mayores que consientan en ello. También se extenderá a la cónyuge
cuando ésta ha optado por usar el apellido del marido.
Lo anterior se hará constar por marginación en las partidas de nacimiento o de matrimonio, en
su caso."
Tengo 22 años, mis apellidos son Vasquez Castillo, y segun este articulo, puedo consentir que se me extienda el apellido Manzanares o no. Es mi deseo mantener los apellidos Vasquez Castillo ya que no deseo llevar el apellido Manzanares, ¿pero cual es el tramite para que se establezca que quiero manterner los apellidos Vasques Castillo por marginacion? ¿es notarial o judicial? o ¿ninguno de estos?
Espero haberme expresado de un forma entendible, y de antemano agradezco el tiempo que se toman para leer esto y para ayudarme.