Y contare mi experiencia personal... HAce varios años, en una audiencia preliminar la Jueza, luego de identificar a los que compareceriamos; me extendio el expediente y me dijo "sus alegatos iniciales Licenciada" No imaginaran la cara que puse, despues de varios años de diligenciar procesos de familia, nunca me habian pedido eso... Entonces con toda la sinceridad del mundo, le pedi a la Jueza, que me explicara que pretendia que hiciera; y cuando vio mi cara de "esta de plano no sabe"...
Me dio una pequeña clase: Los alegatos iniciales, solo son aquellos donde le hacemos el trabajo a la Jueza, explicamos cual es la pretensiòn principal de la audiencia; Si existe contestaciòn; se hace un pequeñisimo resumen; y se expresa que se pretende que en la etapa conciliatoria las partes puedan resolver lo planteado en la demanda como en la contestaciòn; y se hace referencia a lo nombrado un millòn de veces el derecho de los hijos...
Luego el juez... Dice aquellas frase de llamarlos a que la situaciòn pueda ser resuelta por la via de la conciliaciòn; y lo demàs...
Pero como repito en toda mi practica he visto esos alegatos solo con tres jueces, uno de ellos interino; y los otros dos fuera de San Salvador...
A parte de esos benditos alegatos, la audiencia preliminar tiene dos etapas importantes: La conciliaciòn, que practicamente es un dialogo que maneja el juez entre las partes; y si una no esta presente; es mà fàcil... Y ahora con el nuevo CPCM algunos jueces hacen que el Abogado, explique uno a uno los documentos que ha presentado como prueba... Asì con la partida de matrimonio se pretende establecer que entre el señor y mi cliente existe el vìnculo legal del matrimonio, y en consecuencia la base para solicitar su disoluciòn; con la partida de nacimiento de los menores xxx y xxx establecer que tienen como padres a mi cliente y al señor xxxx, en consecuencia la legitimaciòn para que se establezcan derechos de los menores con respecto a sus padres, como la cantidad de dinero que se aportara en concepto de alimentos, ratificar que es mi mandante quien ejerce la guarda y cuidado personal de los hijos y judicializar dicha situaciòn... etc...
De igual manera que se pretende probar con la prueba testimonial...
Y finalizado esto... se espera se elabore el acta y se señale fecha para celebrar audiencia de sentencia.
Suerte.