Gracias estoy d acuerdo el problema es q según el artículo 4 d la ley del ejercicio notarial y otras..establece q el notario protocolizara su resolución final ( en caso q la ley lo pida ejemplo aceptación d herencia, remediciones ) y se extenderá testimonio al interesado y el art. 55 d la ley dl notariado establece en su numeral tercero q se protocolizan las resoluciones, por eso mismo imagínate si la misma ley dl notariado establece q esa procolizacion no vale mas q la resolución misma entonces como hacer un cambio d folio si la protocolizacion no le da ni le quita mas valor, por q el error esta en el acta de resolución no en la protocolizacion, es un poco complicada la situación, pero muchas gracias por tomarte el tiempo y gracias por la información eres muy amable